Las Ayudas a la Rehabilitación de las Viviendas del Gobierno de Aragón saldrán en Mayo
El Gobierno de Aragón convocará este Mayo las ayudas a la rehabilitación de vivienda y tan solo habrá un mes de plazo para poder solicitarlas. Por eso os recomendamos estar atentos y tener preparada toda la documentación de antemano. Se prevé una cuantía muy interesante (en total 10,1 millones destinados al plan de rehabilitación de edificios, 4 desde el Gobierno de Aragón y 6 desde el Gobierno central) y por eso mismo se espera que sean muchas las comunidades de vecinos que vayan a solicitar estas subvenciones.
Plazo para presentar la documentación requerida para las subvenciones
A falta de confirmar el día de salida oficial del plan de ayudas, sí que se sabe seguro que existirá un plazo de presentación de las solicitudes de 1 mes máximo, aproximadamente desde mediados de mayo hasta mediados de junio como máximo. Por eso recomendamos que si existe alguna comunidad que esté interesada en este tipo de actuaciones para mejorar las condiciones de su vivienda o edificio en Zaragoza, ahora es el momento de contactar con un técnico o equipo técnico de arquitectos especializados en Rehabilitación Energética para analizar las condiciones del edificio y preparar la documentación exigida para optar a estas subvenciones del Gobierno de Aragón.
¿Quién puede acogerse a estas Ayudas a la Rehabilitación energética?
Podrán acogerse y presentar la documentación requerida los siguientes posibles beneficiarios:
- Comunidades de propietarios de edificios y sus agrupaciones.
- Propietarios únicos de edificios de viviendas.
- Administraciones Públicas, organismos y entidades de derecho público, sociedades mercantiles participadas por las Administraciones propietarias de los inmuebles, empresas públicas, en edificios que se destinen al alquiler durante, al menos 10 años desde la recepción de la ayuda.
Requisitos de los edificios para poder optar a las ayudas a la rehabilitación energética
Los edificios de tipología residencial colectiva deberán cumplir los siguientes requisitos para poder optar a las ayudas a la rehabilitación:
- Haber sido construidos antes de 1981 o estar terminados antes del 31 de diciembre de 1980
- Que el 70% de la superficie construida sobre rasante esté destinada al uso de vivienda-
- Que el 70% de las viviendas sea domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios.
Excepciones a los anteriores requisitos:
- Edificios que presenten graves daños estructurales o de otro tipo y que lo puedan justificar.
- Edificios destinados íntegramente como alquiler durante al menos 10 años desde el momento de recepción de la ayuda.
Además, existen otras condiciones necesarias para poder ser beneficiarios de estas subvenciones del Gobierno de Aragón 2017:
- Que al menos se prevea en un mínimo de 8 viviendas las actuaciones para eficiencia energética y/o mejora de la accesibilidad.
- Sin embargo puede ser un mínimo de 2 viviendas cuando se realicen a la vez obras de conservación o habiten personas con discapacidad o mayores de 65 años.
- Que exista un informe de evaluación del edificio (IEE).
- Que se disponga del acuerdo de la Comunidad o Comunidades de Propietarios.
- Que exista un proyecto de las actuaciones a realizar suscrito por un técnico competente.
- Sin embargo cuando la actuación por su entidad no exija proyecto, se solicitará una memoria suscrita por técnico competente, justificando la adecuación de las actuaciones al Código Técnico de Edificación.
Además de esta documentación, será necesario presentar:
- Fotocopia del DNI en vigor del solicitante Escrituras de división horizontal y/o notas simples de las viviendas y locales o justificantes catastrales.
- Cuenta corriente destinada a la rehabilitación (coincidente con ficha de terceros)
- Relación de propietarios e inquilinos de las viviendas incluyendo el porcentaje del coeficiente de propiedad o el importe del coste que se repercutirá a cada uno de ellos
- Declaración responsable de hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones
- Licencia, solicitud de licencia o autorizaciones municipales para la ejecución de las obras.
- Presupuesto desglosado en las tipologías de obras que se vayan a ejecutar, detallado por capítulos y desglosado por partidas, con indicación de las unidades y de los precios unitarios.
- Documentación fotográfica que refleje el estado inicial del edificio
- Ficha de terceros, rellenado sin tachaduras ni enmiendas, sellado por la entidad financiera y con el nombre coincidente con el del dni o del cif.
- Justificación del empadronamiento (certificado o volante actualizado)
- Acreditación de la antigüedad del edificio (certificado final de obras o nota simple registral. En su defecto se comprobará mediante ficha catastral).
- Justificación de los ingresos de las unidades de convivencia de cada una de las viviendas, en el caso de sean actuaciones de conservación y para tener preferencia se quiera acreditar que al menos el 60% de los propietarios tenga ingresos iguales o inferiores a 6,5 veces el IPREM
- Eficiencia energética: certificación energética del edificio en el estado previo a las obras (deberá formar parte del informe de evaluación del edificio) y en el previsto tras su ejecución (que deberá formar parte del proyecto).
- Si el coste de la obra es mayor de 50.000 €: presentar 3 ofertas de contrata de la obra completa diferentes
- Presupuestos de contrata de las empresas que ejecutan las obras, desglosado por capítulos y partidas, incluyendo una hoja resumen del presupuesto
- Presupuestos de honorarios de los profesionales intervinientes, del coste de la redacción de los proyectos, informes técnicos y certificados necesarios, los gastos derivados de la tramitación administrativa, y otros gastos generales similares (costes notariales y de registro y gastos de gestión).
Además si existen las excepciones que hemos nombrado anteriormente, es decir, si el edificio presenta graves daños estructurales o de otro tipo, debe estar incluido en el informe de evaluación del edificio o edificios o en el proyecto, o certificado del Colegio de Arquitectos, visado. O si el edificio se va a destinar íntegramente al alquiler, durante, al menos 10 años, se precisa la declaración responsable.
En actuaciones en materia de accesibilidad y/o mejora de la calidad y eficiencia energética y si el edificio tiene menos de 8 viviendas: Se necesitará la documentación acreditativa de personas con discapacidad que habiten en alguna vivienda del edificio, la Fotocopia del DNI de los propietarios mayores de 65 años que habiten en alguna vivienda del edificio.
En el caso de edificios BIC o catalogados (10 % más de subvención) se requerirá un documento que lo acredite.
En el caso de obras ya iniciadas, se necesitará un certificado de inicio de obras firmado por técnico competente, fotografías en color de la obra incluida en el proyecto y ya ejecutada, así como de las partes pendientes de ejecutar e indicar las partidas de obra ya ejecutadas y las pendientes de ejecutar en el documento de mediciones y presupuesto del proyecto por parte del técnico director de la obra.
Costes subvencionables
Son subvencionables dentro del plan de ayudas a la rehabilitación 2017:
- El coste de las obras a realizar.
- Los honorarios de los profesionales que intervienen en las obras de mejora del edificio.
- El coste de redacción de los proyectos, informes técnicos y certificados necesarios para las obras de mejora.
- Los gastos de tramitación administrativa existentes.
- Otros gastos generales si están debidamente justificados.
En cambio para estas ayudas no son subvencionables:
- Los tributos, impuestos y tasas (IVA, gastos de licencia de obras…).
Además, la cuantía de las obras subvencionable se prevé en el siguiente cuadro resumen según el tipo de actuación:
El objetivo de las ayudas. Mejora del estado de conservación, de la eficiencia energética y de la accesibilidad
El Gobierno de Aragón pretende con estas ayudas ayudar a que las comunidades de vecinos propietarias de edificios de cierta edad o en un estado susceptible de ser mejorado debido al paso de los años o al sistema constructivo de origen y cuyos propietarios no puedan acometer estas obras de mejora de propia iniciativa, sean capaces ahora de mejorar las condiciones de habitabilidad de sus viviendas. Estas obras de mejora del estado del edificio consisten por un lado en obras de mejora del estado de Conservación (cambiar bajantes o canalones por unos de PVC, sustituir sistemas ineficaces de obra por unos nuevos colocados desde el exterior, solución a filtraciones en cubierta, en los huecos de fachada, filtraciones desde el terreno, humedades, condensaciones….), obras de rehabilitación energética para disminucir el consumo y mejorar la eficiencia energética (sustitución de carpinterías y vidrios, colocación de aislamientos térmicos en fachada mediantes sistemas SATE o fachadas ventiladas, aislamiento térmico en cubierta, sustitución de las instalaciones por unas más eficientes, calderas de condensación, de biomasa, sistemas de aerotermia, recuperadores de calor…) y obras de mejora de la accesibilidad (supresión de barreras arquitectónicas, colocación de rampas de acceso, colocación de ascensores en el hueco de escalera o por el exterior…).
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES
DE MEJORA EN LA CONSERVACIÓN
- Deficiencias señaladas desfavorables en el IEE relativas al estado de conservación de:
- La cimentación.
- La estructura.
- Las instalaciones.
- Deficiencias señaladas desfavorables en el IEE en edificios declarados BIC, catalogados o protegidos, o dentro de conjuntos históricos o que se ejecuten simultáneamente con actuaciones para la eficiencia energética relativas al estado de conservación de:
- Las cubiertas y azoteas.
- Las fachadas y medianerías.
- Otros elementos comunes.
- Adaptación a la normativa vigente de las instalaciones comunes de:
- Electricidad, fontanería, gas, saneamiento, recogida y separación de residuos y telecomunicaciones.
DE MEJORA EN LA EFICIENCIA ENERGÉTICA
Estas actuaciones solo serán subvencionables si reducen al menos un 30 % la demanda energética del edificio, y deberán contener obligatoriamente obras de alguno de los tres primeros apartados:
- La mejora de la envolvente térmica del edificio para reducir su demanda energética de calefacción o refrigeración, cumpliendo como mínimo DB-HE1
- La instalación de sistemas de calefacción, refrigeración, producción de agua caliente sanitaria y ventilación para el acondicionamiento térmico, o el incremento de la eficiencia energética de los ya existentes.
- La instalación de equipos de generación con energías renovables como energía solar, biomasa o geotermia, que reduzcan el consumo de energía. También instalaciones que contribuyan a la producción mas eficiente de agua caliente sanitaria.
Aunque también son subvencionables los siguientes puntos si existe alguno de los anteriores:
- Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones comunes de ascensores e iluminación, del edificio o de la parcela
- Mejora de las instalaciones de suministro de agua e instalaciones de saneamiento
- Mejora o acondicionamiento de instalaciones para la adecuada recogida y separación de los residuos domésticos.
- Mejora de los parámetros del DB-HR, protección contra el ruido.
- Acondicionamiento de los espacios privativos de la parcela para mejorar la permeabilidad del suelo: (jardinería de bajo consumo hídrico, optimizar sistemas de riego, otras actuaciones bioclimáticas).
DE ACCESIBILIDAD
Realizar los ajustes razonables en materia de accesibilidad, y adecuación de los edificios y los accesos a las viviendas y locales a la normativa vigente. En particular:
- La instalación de ascensores, plataformas elevadoras, salvaescaleras, rampas u otros dispositivos de accesibilidad, incluyendo los adaptados a las necesidades de personas con discapacidad sensorial, así como su adaptación, una vez instalados, a la normativa sectorial correspondiente.
- La instalación o dotación de productos de apoyo como grúas o dispositivos análogos para el acceso y uso de las personas con discapacidad a elementos comunes del edificio, tales como jardines, zonas deportivas, piscinas y otros similares.
- La instalación de elementos de información o de aviso tales como señales luminosas o sonoras que permitan la orientación en el uso de escaleras y ascensores.
- La instalación de elementos o dispositivos electrónicos de comunicación entre las viviendas y el exterior, tales como videoporteros y análogos.
¿Por qué hacer mi vivienda eficiente energéticamente y accesible?
El beneficio más importante de una vivienda eficiente energéticamente y accesible es la mejora en la calidad de vida. Rehabilitar es revitalizar y mejorando el aislamiento de la envolvente y la eficiencia de las instalaciones no sólo se consigue una disminución en el consumo y un ahorro en la factura sino que además se consigue salud y bienestar. Además contribuimos al medio ambiente con la disminución de las emisiones y revitalizamos la ciudad desde un punto de vista urbano y social.
Con las numerosas posibilidades de actuación en función de las condiciones de cada edificio, nuestro parque de viviendas tiene una posibilidad enorme de mejora tanto energéticamente con ahorros para los usuarios de hasta el 80%, como en mejoras de accesibilidad y mantenimiento de los edificios para su conservación. La rehabilitación es un campo muy amplio, en la que se pueden actuar en muchas zonas de los edificios, por eso planteamos a nuestros clientes (comunidades de propietarios, edificios patrimoniales o propietarios particulares ) una rehabilitación paso a paso, en la que realizamos un estudio del estado actual y con ello poder indicar las actuaciones recomendadas para mejorar, siempre con su estudio de rentabilidad para que el cliente tenga datos que le puedan hacer mejorar la totalidad del edificio con más garantías y en el menor espacio de tiempo.
Esperamos haber aclarado algunos temas relativos a las ayudas 2017 a la rehabilitación energética publicadas por el Gobierno de Aragón. En cualquier caso si quedase alguna duda de cómo solicitar las ayudas o subvenciones a la rehabilitación energética o tenéis previsto acometer este tipo de actuaciones en vuestro edificio o comunidad y necesitáis que preparemos un proyecto con el que mejorar la eficiencia energética del edificio ahorrando hasta un 80% de energía, no dudéis en poneros en poneros en contacto con nosotros sin ningún compromiso y con total confianza.
BEAMONTE Y VALLEJO ARQUITECTOS | Rehabilitación energética en Zaragoza

Arquitecto colegiado nº 6.406 por el COAA (Colegio Oficial de Arquitectos de Aragón) y socio fundador de Beamonte y Vallejo Arquitectos, además de arquitecto certificado en Passivhaus por Passive House Institute