LÍNEA 1: VIVIENDAS UNIFAMILIARES

ACTUACIONES SUBVENCIONALES

Elementos privativos del edificio.

  • Eficiencia energética:

-Envolvente

-Nuevas instalaciones climatización, ACS, ventilación, o incremento de la eficiencia de las existentes.

-Instalaciones de generación con energías rtenovables.

  • Conservación cubiertas

-Reparación de elementos estructurales, estanqueidad, desamiantado

    -DB HEI Y DB HSI

  • Accesibilidad: DB SUA, DA-DB SUA/2

Ascensores (plataformas, rampas), nuevos o adaptar a normativa

– Accesibilidad universal en espacios del interior de la vivienda (circulación, baños, cocinas). Mejora de la accesibilidad. Viviendas accesibles. Ajustes razonables.

Eficiencia energética: reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración

    -Zonas climáticas D y E: 35%

    -Zona climática C 25%

Conservación de cubiertas: debe incluir aislamiento térmico (DB HE1, transmitancia) y estanqueidad (DB HS1)

Accesibilidad: Código Técnico DB-SUA 9 y documento de apoyo DB-SUA/2. Ajustes razonables.

-La instalación de ascensores, plataformas y rampas para facilitar el acceso a la vivienda y entre sus diferentes plantas.

– Intervenciones que faciliten la accesibilidad universal en los espacioes del interior de la vivienda.

Beneficiarios

Propietarios de las viviendas( o inqulinos de acuerdoi con el propietarios)

Requisitos

– Las viviendas deben ser de uso habitual y permanente.

– Terminadas antes del 1 de enero de 1996

Excepcionalmente sin el límite de antiguedad si residen persona con discapacidad mayor o igual al 33% y se trata de obras de accesibilidad

-Se debe aportar proyecto y licencia

CUANTÍA DE LAS AYUDAS 

General: límite máximo 40% coste subvencionable

Excepcionalmente hasta 60% coste subvencionable:

-Personas con discapacidad mayor o igual al 33% e ingresos menor 3 IPREM

-Personas mayores de 65 años e ingresos menor 3 IPREM

-Personas menores de 35 años e ingresos menor 3 IPREM, en municipios dependientes

-Personas en situación de vulnerabilidad o especial vulnerabilidad.

Sin superar las cuantías unitarias:

-Conservación: 3000€/vivienda

-Accesibilidad: 8000€/vivienda

-Eficiencia energética: 12000€/vivienda

-Edificios BIC: 1000€ más por vivienda.

.

CRITERIOS DE EVALUACIÓN

  1. Clasificación del municipio según sistema de asentamientos de Aragón.
Grupo Rango Habitantes NºMunicipios Puntos
CENTRALIDADES I. Capital de Aragón 664.938 1 0
II. Capitales Provinciales 87.707 2 0
III. Cabeceras Supracomarcales 129.583 9 0
IV. Capitales comarcales administrativas 86.264 21 0
V. Otras Cantralidadades 40.145 33 2
Total Grupo (-Zaragoza) 343.145 65
MUNICIPIOS AUTOSUFIENTES VI. Autosuficientes A 161.003 53 5
VII. Autosuficientes B 24.827 34 10
Total Grupo 185.830 87
MUNICIPIOS DEPENDIENTES VIII. En transición a la autosuficiencia 36277 66 15
IX Dependientes 67.499 327 17
X De problemática viabilidad 10.487 182 20
Total grupo 114.263 575

Antigüedad del edificio

Edificios anteriores a 31 diciembre de 1919: 10 puntos

-Edificios entre 1 de enero de 1920 y 31 diciembre de 1940: 8 puntos

-Edificios entre 1 de enero de 1941 y 31 diciembre de 1960: 6 puntos

-Edificios entre 1 de enero de 1961 y 31 diciembre de 1970: 4 puntos

-Edificios entre 1 de enero de 1971 y 31 diciembre de 1980: 2 puntos

-Edificios entre 1 de enero de 1981 y 31 diciembre de 1995: 0 puntos

Edificios entre 1 de enero de 1996 (excepción): 0 puntos

Nivel de renta del beneficiario de la subvención, según el IPREM (14 pagas)

Mayor 3 IPREM: 0 puntos

-Menor o igual 3 IPREM: 10 puntos

-UC vulnerables o especialmente vulnerables: 15 puntos

Circunstancias de las personas que residen de formas habitual en la vivienda.

-Personas con discapacidad mayor o igual al 33% 5 puntos/persona

-Personas con edad mayor o igual a 65 años: 3 puntos/persona

-Personas con discapacidad mayor o igual al 33% y Mayor o igual a 65 años: 8 puntos/persona.

Por el tipo de actuaciones a realizar

  1. Sólo conservación:0 puntos
  2. Sólo accesibilidad: 5 puntos
  3. Sólo eficiencia energética: 5 puntos

Dos actuaciones conjuntos (b)+(c):10 puntos

En Actuaciones de mejora de la eficiencia energética

reducción de la demanda energética anual global de la calefacción

  • mayor o igual al 50%: 10 puntos
  • mayor o igual al 35% y menos que 50% en zonas D y E: 5 puntos
  • mayor o igual al 25% y menor al 50% en zonas C: 5 puntos

En actuaciones de accesibilidad

-Actuaciones que mejoren la accesibilidad a la vivienda desde vía pública: 5 puntos.

– Actuaciones para mejorar la accesibilidad de alguna estancia*: 5 puntos

Actuaciones que mejoren la accesibilidad en toda la vivienda **: 10 puntos

*: actuaciones puntuales en baños, cocinas o espacios de circulación, o ajustes razonables.

**: Actuaciones que mejoren la accesibilidad general de la vivienda dotándola de recorridos y espacios accesibles, cumpliendo Código Técnico DB-SUA-9.

Compatibilidad con otras subvenciones o ayudas concedidad

  • Ninguna subvención para la misma vivienda y la misma actuación:5 puntos
  • Con otras subvenciones menor o igual 50% del coste subvencionable: 2 puntos
  • Con otras subvenciones, misma finalidad mayor o igual al 50% coste subvencionable: 0 puntos.

Criterios desempate

Solicitudes que ocupan el último lugar hasta agotar el crédito disponible

  1. Inversión prevista, según coste subvencionable, de mayor a menor.
  2. Fecha de registro de entrada de la solicitud.

Beamonte-y-Vallejo-arquitectos-Fondo-IEE-Zaragoza2-1024x768

LÍNEA 2: PISOS

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES:

Accesibilidad interior de la vivienda

BENEFICIARIOS

Propietarios de las viviendas en las que residan personas con una discapacidad mayor o igual al 33% o tengan 65 años o más.

REQUISITOS

-Las viviendas deben ser de uso habitual y permanente

– Terminadas antes del 1 de enero de 1996

-Excepcionalmente sin límite de antigüedad si residen personas con discapacidad mayor o igual al 33%

-Se debe aportar proyecto y licencia

CUANTÍA DE LAS AYUDAS

-General: límite máximo 40% del coste subvencionable.

-Excepcionalmente: hasta un 60 % del coste subvencionable cuando la persona o unidad de convivencia beneficiaria tenga unos ingresos menores a 3 IPREM

  • Si reside en la vivienda un beneficiario menor de 35 años, con ingresos por vivienda menor 3 IPREm, y la vivienda esta en un municipio dependiente (*): hasta un 60% del coste subvencionable.

-Municipos de categorías IX Y X de la calificación de la EOTA (orden VMV/410/2018, de 22 de febrero, de la estructura del sistema de asentamiento de Aragón.

  • Sin superar la cuantía uniotaria de 8.000€/ vivienda

CRITERIOS DE EVALUACIÓN

  1. Clasificación del municipio según el sistema de asentamientos de Aragón.
Grupo Rango Habitantes NºMunicipios Puntos
CENTRALIDADES I. Capital de Aragón 664.938 1 0
II. Capitales Provinciales 87.707 2 0
III. Cabeceras Supracomarcales 129.583 9 0
IV. Capitales comarcales administrativas 86.264 21 0
V. Otras Cantralidadades 40.145 33 2
Total Grupo (-Zaragoza) 343.145 65
MUNICIPIOS AUTOSUFIENTES VI. Autosuficientes A 161.003 53 5
VII. Autosuficientes B 24.827 34 10
Total Grupo 185.830 87
MUNICIPIOS DEPENDIENTES VIII. En transición a la autosuficiencia 36277 66 15
IX Dependientes 67.499 327 17
X De problemática viabilidad 10.487 182 20
Total grupo 114.263 575

Circunstancias de las personas que residen de forma habitual en la vivienda

-Personas con discapacidad mayor o igual al 33%     5 puntos /persona

-Personas con edad mayor o igual a 65 años:            3 puntos/persona

-Personas con discapacidad mayor o igual al 33% y mayor o igual a 65 años.     8 puntos/persona.

Accesibilidad conseguida en la vivienda

-Mejora de la accesibilidad sin cumplir parámetros SUa, o justificando ajustes razonables (cambio de bañera por ducha, etc):  0 puntos

-Accesibilidad interior de algunos espacios cumpliendo SUA (pasillos, baños, dormitorios, cocinas…): 5 puntos.

– Vivienda accesible según CTE-DB-Sua: 10 puntos.

*: actuaciones puntuales en baños, cocinas o espacios de circulación, o ajustes razonables.

**: Actuaciones que mejoren la accesibilidad general de la vivienda dotándola de recorridos y espacios accesibles, cumpliendo Código Técnico DB-SUA-9.

Presentación de documentación completa con la solicitud

  • Documentación completa: 5 puntos

Compatibilidad con otras subvenciones o ayudas concedidas:

  • Ninguna subvención para la misma vivienda y la misma actuación.: 5 puntos.
  • Con otras subvenciones menor o igual al 50% del coste subvencionable:2 puntos
  • Con otras subvencionesmisma finalidad mayor o igual al 50% coste subvencionable: 0 puntos.

Criterios de desempate

Solicitudes que ocupen el último lugar hasta agotar el crédito disponible.

  1. Inversión prevista, según coste subvencionable, de mayor a menor.
  2. Fecha de registro de entrada de la solicitud.

ByV-Arquitectos-rehabilitacion-energetica-1

 

LÍNEA 3: EDIFICIOS VIVIENDAS

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

Elementos comunes del edificio

  • Eficiencia energética

– Envolvente

-Nuevas instalaciones climatización, ACS, ventilación, o incremento de eficiencia de las existentes.

– Instalaciones de generación con energías renovables.

  • Conservación de cubiertas

– Reparación de elementos estructurales, estanqueidad, desamiantado.

– DB HE1 Y DB HS1

  • Accesibilidad: DB SUA, DA-DB SUA/2

     -Ascensores (plataformas, rampas), nuevos o adaptar normativa

           – Accesibilidad universal en espacios de circulación y vías de evacuación.

            -Elementos de información y comunicación.

REQUISITOS

  • Al menos el 50% de las viviendas debe ser de uso habitual y permanente.
  • Compromiso de destinar al menos el 80% a vivienda habitual en el plazo de un año desde el fin de obra.
  • El 70% de la superficie (excepto planta baja) debe ser de uso residencial de la vivienda.
  • Terminadas antes de el 1 de enero de 1996
  • Excepcionalmente sin límite de antiguedad si residen personas con discapacidad mayor o igual que el 33% y se trata de obras de accesibilidad.
  • Se debe aportar proyecto y licencia.

BENEFICIARIOS

  1. Propietarios únicos de edificios de viviendas
  2. Comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios
  3. Propietarios de forma agrupada (396 Código Civil) sin propiedad horizontal
  4. Cooperativas propietarios
  5. Empresas constructoras, arrendatarias o concesionarios de los edificios
  6. Empresas de servicios energéticos
  7. Propietarios individuales de las viviendas que accedan a una ayuda complementaria por vivienda.

    *e) y f) podrán actuar en representación de los beneficiarios citados en los puntos a,b,c y d, pero no serán considerados beneficiarios directamente.

CUANTÍA DE LAS AYUDAS

-General: límite máximo 40% del coste subvencionable

– Sin superar las siguientes cuantías unitarias:

   -Conservación: 3.000€/vivienda, 30€/m2 local

   -Accesibilidad: 8.0000€/vivienda, 80/m2 local

   -Eficiencia energética: 8.000€/vivienda, 80€/m2 local

Edificios BIC: 1000€ más por vivienda, 10€/m2 local

  • Excepcionalmente: Ayuda complementaria hasta 20% del coste subvencionable si en la vivienda del beneficiario-residente hay personas que cumplan los requisitos.
  • La ayuda complementaria se gestionará en expediente aparte de forma exclusiva para el beneficiario afectado, de tal forma que el expediente principal se gestiones con el límite del 40% para todos los beneficiarios. Solicitud Anexo VI

AYUDA COMPLEMENTARIA, REQUISITOS:

  • Hasta 20% coste subvencionable (según % en gastos y sin superar límites unitarios/vivienda)
  • Viviendas en edificios con subvención de la línea 3
  • La persona o unidad de convivencia residente y beneficiaria de las ayudas cumpla alguno de los requisitos siguientes:
  1. Ingresos menor o igual a 3 IPREM y, simultáneamnete, uno de los tres siguientes:
  • a.1) Residan personas con discapacidad mayor o igual al 33%
  • a.2) Residan personas mayores o igual a 65 años
  • a.3) Beneficiario menor de 35 años, y mayor de edad y  municipio clasificado como dependiente, de categoría IX o X
  1.      b) Viviendas en que la unidad de convivencia este en situación de      

          vulnerabilidad o especial vulnerabilidad.

CRITERIOS DE EVALUACIÓN:

Nivel de renta medio del edificio, según el IPREM (14 pagas)

Calcula en función de la renta de las viviendas que son domicilio habitual y permanente de sus propietarios:

                                  RME= ΣRMV / V

RME = Renta Media del edificio

RMV= Renta media de las viviendas que son domicilio habitual y permanente.

V =nº de viviendas que se acreditan como domicilio habitual y permanente.

                    – RME MAYOR QUE 3 IPREM: 0 PUNTOS

                   – RME MENOR O IGUAL QUE 3 IPREM: 10 PUNTOS

                    -RME MENOS O IGUAL QUE 2 IPREM: 15 PUNTOS

En actuaciones de mejora de la eficiencia energética

Reducción de la demanda energética anual global de calefacción

  • mayor o igual que 50%: 10 puntos
  • mayor o igual que 35% y menor 50% en zonas D y E: 5puntos
  • mayor o igual 25% en zonas C: 5 puntos

En actuaciones de accesibilidad

-Instalación de ascensor en edificios que no lo tuvieron: 10 puntos

-Bajar ascensor a cota 0, o cambio de ascensor existente para cumplir normativa de accesibilidad: 5 puntos.

-Instalación de plataformas o rampas, u otros dispositivos que faciliten la accesibilidad: 2 puntos.

En actuaciones de conservación de la cubierta

-Sustitución completa tablero

– Sustitución completa del tablero + subsanación de graves daños estructurales que afecten a elementos sustanciales de la cubierta (forjados completos, vigas, pilares o muros):10

Protección integral que afecte específicamente al elemento que se rehabilita (cubiertas, fachadas, interiores):5 puntos

Presentación de documentación completa con la solicitud

Documentación completa:5 puntos

Porcentaje de viviendas de uso habitual y permanente.

-Porcentaje del 100%: 10 puntos

-Porcentaje mayor del 80% y menor del 100%: 5 puntos

-Porcentaje hasta el 80%: 0 puntos

PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Plazo: 20 agosto a 28 septiembre

Forma: telefónica o presencial

Formularios:

Línea 1: https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/rehabilitacion-edificatoria-viviendas-unifamiliares

Línea 2: https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/rehabilitacion-edificatoria-pisos

Línea 3: https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/rehabilitacion-edificatoria-edificio

Línea 3 ayudas complementarias

https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/ayuda-complementaria-rehabilitacion-edificatoria

Línea 3 anexo V: datos individuales de locales y viviendas:

https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/datos-individuales-locales-viviendas

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: TRAMITADOR ELECTRÓNICO

Instrucciones: se colgarán en la página web las instrucciones para rellenar y presentar la solicitud y el manual completo del tramitador.

Rellenar: siempre la solicitud en el formulario electrónico.

Adjuntar: toda la documentación completa en formato pdf según el listado que se requiere para cada línea  de subvención

Guardar: siempre lo rellenado al final de cada página

Finalizada: la solicitud y una vez adjuntada toda la documentación dos opciones:

  1. Firma con certificado electrónico: queda registrada la solicitud. Se remite un correo de confirmación.
  2. Sin certificado electrónico: de guarda y se imprime. Se firma y se presenta, junto con toda documentación necesaria, en formato papel en el registro de forma convencional.

ACEPTACIÓN Y RENUNCIA DE LA SUBVENCIÓN

Se notificará la propùesta de resolución, y se deberá aceptar expresamente o renunciar en elm plazo de 10 días. Si hay renuncias se propondrá al siguiente solicitante por orden de puntuación.

La aceptación implica asumir todas las condiciones.

NOTIFICACIONES

Todas las notificaciones se realizarán mediante publicación en BOA.

PLAZO DE EJECUCIÓN DE OBRAS

24 meses desde el inicio o la concesión.

-26 meses si el edificio tiene más de 40 viviendas

-Hasta 6 meses más si la licencia de obras se demora más de 6 meses desde su solicitud

-Se admiten obras iniciadas, pero sin terminar antes de la fecha de publicación de la convocatoria.

-Sólo será subvencionable la parte de obra ejecutoria y gastos comprometidos después del 1 enero de 2018.

PAGOS

a)Por obras concluidas:  (cumpliendo artículo 34.1)

  1. b) Por certificación parcial, (cumpliendo articulo 34.2)
  2. c) Por anticipo, (cumpliendo articulo 36). Con aval, Se solicita cuando se notifica la propuesta de resolución, con la aceptación de la misma.

Falta de ejecución, de justificación o renuncia injustificada fuera de plazo:

Pérdida del derecho al cobro de la subvención y penalización para recibir subvención por el mismo concepto en el plazo de 5 años.

PRESUPUESTO DE LA CONVOCATORIA: 12.023.180€

FINANCIACIÓN PARTIDA PRESUPUESTARIA PROGRAMA 5 PROGRAMA 6 TOTAL
FONDOS FINALISTAS 13050/4312/780186/39127 2.243.449€ 5.000.000€ 7.243.119€
CIFINANCIACIÓN AUTONOMICA 13050/4312/780186/91001 672.936€ 1.500.000€ 21.720.936€
F.AUTONOMICA COMPLEMENTARIA 13050/4312/780135/91002 807.400€ 1.799.725€ 2.607.125€
TOTAL 3.723.455€ 8.299.725€ 12.023.180€
PORCENTAJE DE REPARTO POR PROGRAMAS
30.97% 69.03% 100%
HUESCA PROGRMA 5 PROGRAMA 6 TOTAL
LINEA 1 150.867,71 261.272,54 412.140,25
LINEA2 0.00 75.017,41 75.017,41
LINEA 3 668.292,39 1.489.649,55 2.157.941,94
TOTAL 819.160,10 1.825.939,50 2.645.099,60
TERUEL PROGRMA 5 PROGRAMA 6 TOTAL
LINEA 1 140.281,86 225.711,12 395.992.98
LINEA2 0 56.982,57 56.982,57
LINEA 3 492.705,49 1.098.259,57 1.590.965,06
TOTAL 632.987,35 1.410.953,25 2.043.940,60
ZARAGOZA PROGRMA 5 PROGRAMA 6 TOTAL
LINEA 1 106.864,53 166.210,05 273.074,58
LINEA2 0 71.995,11 71.995,11
LINEA 3 2.164.443,02 4.824.627,08 6.989.070,10
TOTAL 2.271.307,55 5.062.832,25 7.334.139,80